Progreso vs. Libertad Religiosa y de Conciencia

Desde el Observatorio para la Libertad Religiosa y de Conciencia (OLRC) nos han compartido el siguiente análisis sobre la agenda del Gobierno, ralentizada, pero no detenida mientras estamos paralizados por la pandemia. Muchos de sus puntos afectan a la Libertad Religiosa y de Conciencia.

Acuerdos "Progresistas"

La Coalición "Progresista" entre socialistas y Unidas, ha emitido un documento de acuerdo en los que se indica textualmente en neolengua los siguientes puntos:

2.- DERECHOS SOCIALES, REGENERACIÓN DEMOCRÁTICA, CIENCIA E INNOVACIÓN

2.1.7.- La asignatura de religión será de carácter voluntario para los estudiantes, sin que haya una asignatura alternativa ni la nota sea computable a efectos académicos.

5.- NUEVOS DERECHOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

5.1.- Derecho a muerte digna y regulación de la eutanasia. Daremos una respuesta jurídica, sistemática, equilibrada y garantista a las demandas sostenidas de la sociedad actual en relación con el final de la vida. Para ello, impulsaremos una Ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona ante el proceso final de su vida, así como la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia, y su inclusión en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud.
5.5.- Aprobaremos una Ley sobre Libertad de Conciencia que garantice la laicidad del Estado y su neutralidad frente a todas las confesiones religiosas.

Traducción

Para aquellos no versados en neolengua o politiqués, os traduzco lo que quieren decir los puntos anteriores:

Educación

El ministerio de Educashion ya se está tramitando el Proyecto de Ley Orgánica que modifica la vigente LOMCE (Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa). Y ya anunció la ministra Celaá que “el tratamiento de la asignatura de Religión está en el texto desde febrero de 2019 y es el mismo; es de oferta obligada para los centros y asunción voluntaria para los alumnos. Sin asignatura espejo porque la voluntad de unos no puede obligar a otros”.
En definitiva, con la reforma educativa de Isabel Celaá:
  1. La materia escolar de Religión desaparece en la práctica. A diferencia de lo que sucede con la LOMCE, mientras el alumno cursa religión en el colegio o en el instituto, el resto de sus compañeros podrán irse a casa, a divertirse, a hacer deporte o mejorar sus notas respecto del religioso,
  2. Se le da una vuelta de tuerca al ecosistema que protege a la asignatura de religión principalmente: la concertada religiosa.
  3. Se avanza en la desmembración de España desprotegiendo al castellano y otras medidas adicionales muy "progresistas". 

Cacotanasia

La Proposición del Ley orgánica que regula la eufemística "eutanasia", presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y actualmente en trámite de enmiendas en comisión parlamentaria, incluye la posibilidad de que los profesionales sanitarios ejerzan la objeción de conciencia “en la prestación de ayuda para morir tendrán el derecho de ejercer su objeción de conciencia sanitaria” pero lo deberá notificar anticipadamente por escrito y pasará a formar parte de un ‘Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia’. Las ‘listas negras’ de objetores implican un serio peligro para el administrativo, auxiliar, celador, enfermero o médico que se declare objetor de conciencia.

Además, el derecho a objetar en conciencia es individual, dado que se establece que la prestación de la ayuda para morir se realizará en centros sanitarios públicos, privados, o concertados, sin que el acceso y la calidad asistencial de la prestación puedan resultar menoscabadas por el ejercicio de la objeción de conciencia sanitaria o por el lugar donde se realiza”. Es decir, que los centros sanitarios que tengan un determinado ideario estarán obligados a aplicar la eutanasia a los ancianos o pacientes independientemente de los valores o titularidad del establecimiento.

Blasfemia

Siguiendo el itinerario (hoja de ruta en neolengua) ya indicado anteriormente, el Grupo Parlamentario de Podemos YA ha presentado una proposición de ley que modifica el Código Penal y, entre otras modificaciones, eliminaría el delito contra los sentimientos religiosos o de escarnio público, reflejado en el artículo 525 del Código Penal. Esto es concretamente lo que decía el artículo que pretenden suprimir:
1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.
2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.



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